El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) garantizó ayer el correcto funcionamiento del sistema de semáforos de Santo Domingo, como respuesta a la amenaza que hizo el abogado de Pedro Vinicio Padovani Báez, de desconectar el sistema.
Carlos Balcácer hizo la advertencia ayer tras escuchar la decisión del juez que conoció el recurso de habeas corpus con el que su cliente buscaba protegerse de una posible detención que, según su exposición, pudiera generarse si desconecta los semáforos como supuestamente le ordena la suspensión del contrato que tiene con el Intrant.
“Si se cumple la suspensión (del contrato), se estaría violentando la ley de ciberseguridad y atentando contra de la seguridad”
Padovani Báez
Representante de Transcore Latam
“
“Como órgano responsable de la gestión y regulación del tránsito y del transporte terrestre, aseguramos que las operaciones cotidianas de la red semafórica continuarán como de costumbre en las calles y avenidas de la ciudad, a través del Centro de Gestión y Control”, dice el comunicado del Intrant.
Cita la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana que, recuerda, le confiere la atribución de supervisar la correcta señalización horizontal y vertical, así como la adecuada colocación de los dispositivos de control de tráfico en la red de comunicación vial. Sostiene que dichos dispositivos están colocados acorde con las especificaciones de los manuales nacionales e internacionales.
Posibilidad de arresto
El poco usual (según se planteó en el tribunal) habeas corpus preventivo que presentó Balcácer ante el tribunal buscaba que a Padovani Báez, “como ciudadano y contratista que fue llamado a suspender el servicio semafórico, las entidades puestas en causa tengan que actuar con cautela y cumplir el debido proceso legal ante cualquier eventualidad que se presente.”
Se refiere a la resolución con la que la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) ordenó la suspensión del contrato para la “contratación del servicio de modernización, ampliación, supervisión y gestión del sistema integral del centro de control de tráfico y la red semafórica del Gran Santo Domingo”, debido a que encontró indicios de posible irregularidad en el proceso de adjudicación.
El contrato le fue otorgado a Transcore Latam SRL., ganadora de la licitación INTRANT-CCC-LPN-2023- 0001 que abrió el Intrant por un monto de 1,317 millones de pesos.
Como dueño y/o representante de Transcore Latam, Padovani Báez alegó ante el tribunal que estaba en control del sistema de semáforos, pero, además, en la difícil situación de obedecer la orden de suspensión.
Presentó el recurso contra el Intrant, la DGCP, la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional y contra la Dirección Nacional de Investigaciones (DNI) debido a una carta que le envió en mayo pasado, en la que se advertía que un eventual fallo, manipulación o conexión no autorizada al sistema, podría acarrear serias consecuencias para la seguridad pública.
Al agotar su turno frente a la jueza Diana Moreno Rodríguez, de la octava sala penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Federico Tejeda, abogado del DNI, pidió rechazar el recurso, alegando que la referida comunicación nada tenía que ver con la situación que se genera por la ordenanza de Contrataciones Públicas.
De su parte, el Intrant pidió al tribunal que se le excluyera de la causa, puesto que no son órgano ni de investigación ni represivo.
Alegato similar hizo la Dirección de Contrataciones Públicas, mientras que la Fiscalía del Distrito aclaró que en estos momentos no tiene ninguna investigación ni proceso que amenace la libertad de Padovani Báez.
Rechaza recurso
La jueza Moreno Rodríguez rechazó el recurso, alegando que no se evidenció una amenaza a su libertad, al tiempo que dispuso que todos los órganos del Estado puestos en causa, deben cumplir con el debido proceso de ley, en caso de iniciarse una eventual persecución.
Argumentó que, si bien el Código Penal establece el habeas corpus preventivo, éste se contempla para casos en que la libertad del accionante esté realmente en peligro y no por un posible o eventual caso.
Señaló además que, si existe una violación a la ley, el tribunal no puede decirles a los órganos persecutores que no persigan esas violaciones.