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CNSS fija tope de RD$1 millón para medicamentos de alto costo que no sean para cáncer

El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) informó este martes sobre la ampliación de la cobertura de medicamentos de alto costo del Seguro Familiar de Salud (SFS) del Régimen Subsidiado, relacionada con patologías no oncológicas.

La decisión, contenida en la resolución No. 631-04, del 26 de febrero 2026, incluye medicamentos para el tratamiento de

Lupus
Artritis reumatoide
Enfermedad renal
Trastornos de crecimiento
Hemofilia
Inmunodeficiencias
Enfermedad de Kawasaki
Púrpura trombocitopénica y gammaglobulinemias

«Con esta resolución, el Consejo procura garantizar que los afiliados reciban una mejor cobertura pues detalla de manera expresa los medicamentos y las patologías distintas al cáncer, evitando así errores, interpretaciones ambiguas o distorsiones en el proceso de autorización y aprobación de los servicios», expresó la gerente general del CNSS, Aura Celeste Fernández Rodríguez, en una nota de prensa.

Nuevo tope de cobertura
Informó que el CNSS modificó el artículo tercero de la resolución 610-04, que aprobó la ampliación de la cobertura de medicamentos de alto costo vinculados al tratamiento del cáncer, unificando la cobertura para medicamentos neoadyuvantes, adyuvantes y paliativos.

La funcionaria resaltó que la nueva resolución establece un tope de 1,000,000.00 de pesos para la cobertura de medicamentos de alto costo destinados a patologías distintas al cáncer.
«Con esta medida el CNSS fortalece la protección financiera de las personas que padecen enfermedades de alto costo distintas al cáncer, garantizando mayor claridad en la cobertura, reduciendo barreras de acceso y asegurando tratamientos continuos con un respaldo más específico y transparente», dijo Fernández Rodríguez.

Explicó que la resolución del CNSS establece que la gestión, autorización y pago de estos medicamentos deberá realizarse, de preferencia, a través de la Dirección de Acceso a Medicamentos de Alto Costo (Damac), del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (Mispas), aprovechando los beneficios de compra conjunta. Cuando los fármacos no se encuentren disponibles en la Damac, su adquisición deberá garantizarse a través del mercado.