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Extienden horario de venta de bebidas alcohólicas desde el 15 de diciembre hasta el 03 de enero

El Ministerio de Interior y Policía (MIP) anunció este martes la flexibilización del horario para el expendio de bebidas alcohólicas, que regirá desde este domingo 15 de diciembre y se mantendrá hasta el 3 de enero de 2025.

El relajamiento será de domingo a jueves hasta la 3:00 de la madrugada y viernes y sábado hasta las 4:00 de la madrugada del día siguiente, en discotecas, bares, clubes, restaurantes, centros de eventos, pianos bares y casinos, según un comunicado del MIP.

La medida de la ministra de Interior y Policía, Faride Raful, está contenida en la Resolución número MIP-RA-0008-2024 que extiende el horario de expendio de bebidas alcohólicas en el territorio nacional por el período de las festividades navideñas y Año Nuevo.

«Esta disposición modifica temporalmente la parte infine del Artículo 1 de la Resolución No. ESP/001-2022, emitida de manera conjunta por el Ministerio de Interior y Policía (MIP) y el Ministerio de Turismo (Mitur), el 11 de abril de 2022, respecto a los horarios de expendio de bebidas alcohólicas en todo el territorio nacional», indica el MIP.
Sin límite de tiempo el 24 y 31
Para los días 24 y 31 de diciembre no habrá límites de horarios para el expendio de bebidas alcohólicas y así se hace constar en el párrafo del artículo 1 de la resolución emitida por la ministra Raful.

No aplica para colmados
En el Artículo 2 de dicha resolución se advierte que la extensión de horario no aplica para los colmados, colmadones, cafeterías, car wash, parques mecánicos, parques acuáticos y tiendas de licores, los cuales seguirán laborando todos los días hasta las 12:00 de la medianoche.

Además, la violación a esta disposición daría lugar al cierre temporal o definitivo del establecimiento y la cancelación de las licencias o permisos correspondientes, sin perjuicio de cualquier otra sanción establecida en las leyes o reglamentos.

La ministra Raful también ha instruido a la Dirección Nacional de Control de Expendio de Bebidas Alcohólicas (COBA) para que, con el apoyo de la Policía Nacional, vele por el fiel cumplimiento de la presente resolución, debiendo promover las acciones que fueren pertinentes a tales fines de conformidad con las leyes.

De este modo, la disposición extiende por tres semanas las operaciones de centros de diversión, que según el decreto 308-06 deben operar de domingo a jueves hasta las 12:00 de la medianoche y viernes y sábado hasta las 2:00 de la madrugada.

Señala el comunicado que «vencido el plazo, retomará de manera íntegra su efectividad la Resolución número ESP./001-2022».